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Adolescencia y relación sanitaria

La adolescencia es una etapa de la vida de crecimiento, desarrollo, robustecimiento, fortalecimiento. Es un tránsito de la niñez a la juventud. Como se indica en el subtítulo del libro "Bioética y Pediatría" editado por la Sociedad madrileña y de Castilla-La Mancha de Pediatría, proyectos de vida plena, es en esta etapa donde estos proyectos alcanzan un punto más crítico. Además se concentra en un grupo de edad muy limitado normalmente entre los 12-13 años hasta los 20, momento en el que se producen importantes cambios y que se manifiestan en determinadas esferas de la vida.



Por Javier Rivas Flores, médico y bioeticista

Para algunos es sólo un tránsito en el ámbito biológico donde se producen cambios hormonales y biológicos; sin embargo otros reconocen que afecta a todas las dimensiones de la personalidad, desde lo biológico a las biográfico, pasando por lo emocional cognitivo y actitudinal.


Sin olvidar que los cambios producidos en las sociedad en los últimos años ha favorecido una mayor independencia de los adolescentes en los temas sanitarios. Además de estos cambios nos encontramos en una etapa de especial vulnerabilidad, por lo que no es infrecuente que en las consultas médicas acudan los adolescentes para resolver sus problemas de salud.

El adolescente en la atención sanitaria
Este encuentro genera incertidumbres entre los profesionales sanitarios que no están acostumbrados a tratar con este grupo de edad. Desde el punto de vista estructural, la atención pediátrica va hasta los 14 años y a partir de ese momento corresponde a los internistas quienes deben valorar al paciente. A pesar de tener unos rasgos comunes entre ellos, diferentes del resto de las edades de atención sanitaria, no se ha desarrollado una especialidad específica de atención a la adolescencia, cuando parece que en esta valoración están más próximos los pediatras que otras especialidades.
Los sanitarios no siempre están preparados para tratar a una persona que tiene tormentas en su interior motivadas por los cambios orgánicos y psíquicos que van modificando a la persona en su totalidad, de difícil comprensión.


Los adolescentes adoptan papeles y actitudes de adultos aunque su nivel de maduración todavía no sea suficiente como para que sean tenidos en cuenta plenamente para la toma de decisiones sanitarias sobre todo en algunos casos complejos.


Una dificultad añadida es que, en estas edades, el reconocimiento de la autonomía personal lleva a acudir a las consultas sin un adulto que le acompañe, lo que pone al sanitario en una difícil situación en la toma de decisiones compartida.
Sin embargo, los problemas que llevan al menor acudir a la consulta no son baladíes, puesto que pueden incluir desde aspectos relacionados con la sexualidad o relativos a malos tratos o a determinadas adicciones que puedan presentar. Para el sanitario es un problema cómo poder actuar en estas situaciones de la mejor manera posible para ayudar al adolescente en la situación que le está planteando.

Doctrina del menor maduro
En este sentido se plantea el reconocer la madurez suficiente en el menor para poder tomar decisiones que afectan a su cuerpo. La ley reconoce que a partir de los 14 años pueda haber madurez para que, de manera autónoma, pueda actuar en nombre propio en la toma de decisiones sanitarias, pero recae en el sanitario el reconocimiento de dicha madurez.

De aquí surge la doctrina del menor maduro como manera de poder acercarse a esta realidad sanitaria, dado que se considera moralmente con capacidad para intervenir con responsabilidad. Esta doctrina surge en los años 70 del pasado siglo como respuesta a las demandas que los padres de los adolescentes realizaban contra los médicos por asistir a sus hijos sin su consentimiento.

El tema de la determinación de la capacidad o competencia es complejo en la relación sanitaria a cualquier edad, pero en la adolescencia adquiere unas connotaciones particulares, puesto que el desarrollo psicológico no siempre va en consonancia con el desarrollo biológico corporal.

En el análisis de la cuestión, que realiza Pablo Simón distingue entre capacidad jurídica y capacidad de obrar. La primera describe la actitud o idoneidad para ser titular del derecho u obligación, en tanto que la segunda describe la actitud o idoneidad para realizar eficazmente actos jurídicos. El menor maduro tendría capacidad de obrar, aunque no tuviera capacidad jurídica.

Se distingue también entre capacidad de hecho y capacidad de derecho entendiendo que la capacidad de hecho es una condición necesaria, pero no suficiente, para que exista una capacidad de derecho. Para poder explicarlo podemos recurrir al ejemplo de una chica menor de edad que no puede acceder a las técnicas de reproducción asistida porque la ley exige mayoría de edad, capacidad de obrar de derecho, y ello aunque pudiéramos demostrar que tiene suficiente capacidad de hecho para consentir tal acto sanitario.

Desde el punto de vista práctico, debemos tener en cuenta el 'supremo interés del menor', que aparece con la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor, aspecto también recogido en el código civil que establece "si los hijos tuviera suficiente juicio deberán ser oídos siempre antes de tomar decisiones que les afectan".

Igualmente la ley 41/2002 de Autonomía del Paciente ha dado un paso importante para delimitar la responsabilidad del 'menor maduro' en los actos médicos que le afecta, así la ley hace especial referencia a los 12 y a los 16 años, la primera indica la edad en la que el menor debe ser "oído", la segunda indica la edad en la que el menor puede emanciparse y, por consiguiente, a esta edad se le puede llamar mayoría de edad sanitaria.

En este sentido la ley vigente de salud sexual y reproductiva y de interrupción del embarazo, establece que en el caso de proponer un aborto en una menor los padres deberán ser informados de la decisión excepto si la menor alega que esta situación provocaría un conflicto grave y un peligro cierto en su situación personal.

Para el sanitario estas situaciones suponen un desafío en tanto en cuanto tiene que valorar la madurez del menor, al tiempo que debe entablar un proceso de comunicación que reconozca esta madurez entendiendo que se trata de un proceso en desarrollo y no totalmente completado.

Adolescentes y consulta médica
Son múltiples los problemas por los cuales los adolescentes acuden a las consultas desde infecciones de transmisión sexual, sexualidad, embarazo no deseado, anticoncepción homosexualidad, consumo de drogas. Sin embargo para los trastornos de conducta alimentaria no acuden espontáneamente, sino más bien los padres o representantes quienes preocupados ante su situación es llevan a la consulta médica, muchas veces en contra de los deseos de los jóvenes.

A la luz de todo lo expuesto hasta el momento es obligado reconocer la necesidad de la confidencialidad como elemento clave de la relación entre los adolescentes y los sanitarios, para ello se recomienda que la entrevista se lleve a cabo a solas con el adolescente, si éste lo desea. Se trataría de desarrollar una "confidencialidad responsable", no supone solo guardar secreto del contenido de la consulta, sino que debe fomentar, como parte del desarrollo de la madurez que puede hacer partícipes a sus padres o representantes de la misma.
Es muy conveniente fomentar la participación del adolescente en la toma de decisiones sanitarias, actuando como en cualquier acto médico con otros pacientes maduros, es decir, explicarle claramente los diagnósticos, la conveniencia del tratamiento sus aspectos favorables y desfavorables y otras alternativas.


Es necesario recordar la importancia del lenguaje tanto verbal como no verbal; no siempre las palabras del argot de los jóvenes son adecuadas para acercarnos a ellos.
Es preciso, igualmente, el reconocimiento de las consecuencias de las acciones que el menor emprende. El papel del sanitario es ofrecer información, información que hay que saber administrar, gestionar y valorar. El sanitario debe desempeñar un papel activo para que el menor debe ser "autor" de su propio proyecto de vida.

El desarrollo de la entrevista clínica en la consulta debería fomentar el "empoderamiento" de los adolescentes, para ello hay que considerarles como ciudadanos y actores estratégicos de su propio desarrollo personal y colectivo. Parece necesario el mantener cuatro actitudes básicas para la comunicación con los adolescentes: congruencia, aceptación, valoración positiva y empatía, siendo los valores básicos en la entrevista el diálogo, la confianza, la velocidad, la dignidad, la integridad, la compasión, y la ya comentada confidencialidad.


Trabajar el empoderamiento de los adolescentes para su salud supone establecer los elementos para que los adolescentes adquieran un mayor control sobre las decisiones y acciones que afectan a su bienestar físico, psíquico y social. Con ello se logra una capacitación y participación de los adolescentes como educadores de otros adolescentes. En definitiva es dar la palabra a los adolescentes creando una situación propicia para que se expresen sobre cosas que conocen directamente, que forman parte de su vida, y sobre las que todos tienen algo que decir.